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¿Y si encuentras un dinosaurio? Derechos y legislación sobre los hallazgos paleontológicos en España 🦖

Ayer por la tarde visitamos la exposición sobre dinosaurios que hay en la ciudad y nos surgió esta pregunta ¿Qué leyes se aplicaría si encontrásemos un dinosaurio en la montaña? pasamos a responderla a continuación.

Imagina que estás de excursión en el Pirineo, escarbando entre rocas, y de pronto… ¡una vértebra gigante sobresale del terreno! No es una roca cualquiera. Es fósil. Es prehistoria. Es un dinosaurio. Y entonces te preguntas:
¿A quién pertenece ese hallazgo? ¿Puedo quedármelo? ¿Qué dice la ley?

El marco legal: entre la tierra y el tiempo

En España, los fósiles de dinosaurios no se consideran meros objetos curiosos, sino bienes culturales protegidos por el ordenamiento jurídico. La legislación aplicable es, en esencia, la misma que regula los bienes del Patrimonio Histórico Español, ya que los restos paleontológicos forman parte del Patrimonio Paleontológico.

Normativa estatal: Ley de Patrimonio Histórico Español

La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, establece que los objetos paleontológicos forman parte del patrimonio histórico, y por tanto:

  • Artículo 40: los bienes paleontológicos tienen un interés científico y cultural, y su titularidad corresponde al Estado o a la comunidad autónoma, dependiendo de la localización.
  • Artículo 41.1: toda excavación o prospección con finalidad paleontológica debe contar con autorización administrativa previa.

Conclusión: no puedes excavar, ni quedarte con el fósil, ni venderlo, sin incurrir en una infracción.

Normativa autonómica: Aragón, por ejemplo

En comunidades como Aragón, donde abundan los yacimientos (Teruel es cuna de Dinópolis y uno de los paraísos paleontológicos de Europa), se aplica también la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés:

  • Artículo 74: los restos paleontológicos tienen la misma protección que los bienes arqueológicos.
  • Artículo 76: el hallazgo casual de fósiles debe comunicarse en un plazo de 48 horas a la Dirección General de Patrimonio Cultural.
  • Artículo 77: quien no comunique el hallazgo puede incurrir en sanciones administrativas graves, con multas de hasta 150.000 €.

¿Y si el fósil está en una finca privada?

La titularidad del terreno no implica propiedad del fósil. El bien pertenece al dominio público cultural, aunque esté en tu jardín.
Tú puedes ser reconocida como descubridora, pero no como dueña.

🏅 Como descubridora podrías ser mencionada en publicaciones científicas, participar en exposiciones o recibir un reconocimiento… pero el triceratops se va al museo, no a tu salón.

Excavaciones sin permiso: un delito contra el patrimonio

Cualquier excavación no autorizada que afecte a bienes del patrimonio paleontológico puede constituir un delito:

  • Artículo 323 del Código Penal: castiga los daños en bienes culturales protegidos con penas de prisión de 6 meses a 3 años o multa.
  • Artículo 4 de la Ley de Patrimonio Histórico Español: los hallazgos pertenecen al Estado, y no pueden ser objeto de tráfico ilícito.

Jurisprudencia curiosa

En 2022, la Audiencia Provincial de Castellón confirmó la incautación de varios fósiles hallados en Morella por un particular que intentó venderlos por eBay. La sentencia recordó que los fósiles no son “souvenirs”, sino bienes protegidos.

En resumen:

Situación¿Es legal?Obligación
Encuentras un fósil de forma casualComunicar el hallazgo en 48h
Excavación sin permisoDelito o infracción administrativa
Guardarte el fósil encontradoSe considera bien público
Vender fósiles sin autorizaciónProhibido por ley

Conclusión:

Los fósiles no son solo piedras del pasado; son testimonios del tiempo y bienes comunes de la humanidad. El Derecho los protege como parte del patrimonio que debemos conservar, investigar y compartir. Si alguna vez te topas con un diente de T-Rex, recuerda: el hallazgo es tuyo, pero el fósil no.

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