Glosario Juridico Interactivo, diccionario de terminos juridicos
| |

PETITUM Y CAUSA DE PEDIR

1. Introducción

Dentro de la arquitectura interna de toda demanda civil en España, dos elementos resultan esenciales para identificar la pretensión procesal:

  • El petitum (o objeto de la pretensión).
  • La causa de pedir (o fundamento jurídico-fáctico de la pretensión).

Aunque ambos conceptos parecen teóricos, son decisivos: determinan la competencia, delimitan los efectos de cosa juzgada, fijan el alcance del proceso y marcan los límites del principio iura novit curia. Sin ellos, una demanda no existe jurídicamente.


2. ¿Qué es el PETITUM?

2.1. Definición jurídica

El petitum es el contenido concreto de lo que el actor pide al órgano jurisdiccional.
Supone la consecuencia jurídica que el demandante solicita, esto es, la sentencia que pretende obtener.

Tiene dos dimensiones:

a) Petitum inmediato

Es la sentencia que se pide:

  • Condenatoria.
  • Declarativa.
  • Constitutiva.

b) Petitum mediato

Es la relación jurídica material cuyo reconocimiento o modificación se pretende:

  • El pago de una cantidad.
  • La entrega de un bien.
  • La declaración de nulidad de un contrato.
  • La modificación de una relación familiar.

2.2. Origen e historia

El término procede del latín petere, “pedir”, y aparece ya en el proceso civil romano clásico.
La legis actio y posteriormente el procedimiento formulario exigían que el actor concretara su petición: quid petitur.

En la tradición romanista, especialmente la del ius commune, la distinción entre petitum y causa petendi fue afilándose, influyendo en los códigos europeos del siglo XIX (Código Napoleón, ABGB austríaco) y, por herencia, en la legislación española.

2.3. Concepto práctico

Para el abogado, el petitum es la pregunta final al juez:
“Señoría, ¿qué quiero que usted decida?”

Ejemplos reales:

  • Que se condene al demandado al pago de 10.520 €.
  • Que se declare que la vivienda objeto del litigio es propiedad del actor.
  • Que se disuelva el matrimonio por divorcio.

3. ¿Qué es la CAUSA DE PEDIR?

3.1. Definición jurídica

La causa de pedir (causa petendi) es el conjunto de hechos jurídicamente relevantes que fundamentan el petitum.
Es el porqué de la demanda.

Incluye:

  1. Los hechos esenciales.
  2. Su calificación jurídica provisional (la jurisprudencia admite que el juez pueda modificarla en virtud del principio iura novit curia).

→ Es, literalmente, la historia que explica por qué el demandante tiene derecho a lo que pide.

3.2. Origen e historia

En el proceso romano, la fórmula contenía una afirmación fáctica (intentio), origen remoto de la causa petendi.
El Derecho canónico y la doctrina procesal italiana del XIX (Chiovenda, Carnelutti) consolidaron su concepto moderno: la causa de pedir delimita la acción y fija los límites del proceso.

La jurisprudencia española ha adoptado esta visión desde mediados del siglo XX hasta hoy.

3.3. Concepto práctico

Es la narrativa fáctica esencial, sin adornos ni hechos superfluos.

Ejemplos:

  • La existencia de un contrato y su incumplimiento.
  • El carácter ilícito de una posesión.
  • Los daños sufridos por un accidente y su responsabilidad.

Glosario Juridico Interactivo, diccionario de terminos juridicos

4. Diferencias esenciales ENTRE PETITUM Y CAUSA DE PEDIR

PetitumCausa de pedir
Qué pidoPor qué lo pido
Efecto jurídico pretendidoHechos relevantes y su fundamentación jurídica
Determina el tipo de sentenciaDetermina la acción exercitada
Se encuentra en el suplicoSe encuentra en los hechos y fundamentos de derecho

Ambos forman la pretensión procesal, que es indivisible.


5. Marco normativo en vigor

Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)

Las normas clave son:

  • Art. 399 LEC – Exige que la demanda contenga:
    • La determinación clara de lo que se pida (el petitum),
    • Una exposición numerada y separada de los hechos (causa de pedir).
  • Art. 217 LEC – Relacionado con la carga de la prueba sobre los hechos esenciales.
  • Art. 222 LEC – La cosa juzgada se determina en función del petitum y de la causa de pedir.
  • Art. 412–413 LEC – Fijan los límites del proceso: lo pedido y lo fundamentado.

Constitución Española

  • Art. 24 CE – Derecho a la tutela judicial efectiva: el juez debe resolver conforme a lo pedido y fundamentado.

6. La importancia práctica EN LA LITIGACIÓN

6.1. En la competencia judicial

El tipo de petitum determina si un asunto corresponde a:

  • Juzgado de Primera Instancia,
  • Juzgado de lo Mercantil,
  • Juzgado de Familia,
    etc.

6.2. En la admisión de la demanda

Una demanda sin delimitación clara del petitum puede ser inadmitida (art. 404 LEC).

6.3. En la congruencia de la sentencia

El juez no puede:

  • otorgar más de lo pedido,
  • ni resolver sobre cuestiones no planteadas (art. 218 LEC).

6.4. En la cosa juzgada

La misma acción no puede ejercerse dos veces si coincide:

  1. Sujeto,
  2. Petitum,
  3. Causa de pedir.

7. Ejemplos prácticos y casos reales

Ejemplo 1 – Reclamación de cantidad

  • Petitum mediato: pago de 5.000 €.
  • Petitum inmediato: sentencia condenatoria.
  • Causa de pedir: existencia del contrato y su incumplimiento.

Ejemplo 2 – Acción reivindicatoria

  • Petitum: declaración de propiedad + entrega del bien.
  • Causa de pedir: título válido y posesión ilegal del demandado.

Ejemplo 3 – Nulidad contractual (STS varias)

Varias sentencias del Tribunal Supremo establecen que:

  • Cambiar la causa de pedir implica modificar la acción, lo cual no puede hacerse fuera de plazo.
  • Pero cambiar la calificación jurídica no altera la causa de pedir (principio iura novit curia).

Ejemplo 4 – Derecho de familia

En demandas de divorcio:

  • Petitum: disolución del matrimonio.
  • Causa de pedir: ruptura de la convivencia; no es necesario asignar culpas.

8. Visión moderna y doctrina actual

La doctrina procesal contemporánea destaca:

  • El petitum y la causa de pedir delimitan el ámbito de enjuiciamiento.
  • Son una garantía para el demandado, que conoce exactamente a qué debe responder.
  • Se integran con el principio pro actione, que exige interpretarlos de forma favorable al derecho a la tutela judicial efectiva.
  • Su correcta formulación es estratégica: determina la viabilidad de la demanda.

9. Conclusión

El petitum y la causa de pedir constituyen el corazón de toda demanda.
Son la brújula del proceso, la frontera del juez y el escudo del demandado.

Comprenderlos con precisión permite redactar demandas sólidas, evitar inadmisiones y garantizar que la batalla procesal se libra sobre un terreno firme. Solo quien domina estos conceptos domina realmente la técnica de la acción judicial.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *