LEGÍTIMA DEFENSA
1. Origen e historia
La legítima defensa es un pilar clásico del Derecho penal europeo, con raíces claras en el Derecho Romano, que ya reconocía la “vim vi repellere licet” (es lícito repeler la fuerza con fuerza).
Durante la Edad Media, los fueros y recopilaciones castellanas —como las Siete Partidas— incorporaron la idea de que nadie está obligado a tolerar una agresión injusta.
La evolución moderna se consolidó con el pensamiento liberal ilustrado: el Estado asume el monopolio del ius puniendi, pero reconoce al ciudadano el derecho mínimo a defenderse cuando la autoridad no puede intervenir. Esta visión se cristaliza en los Códigos Penales europeos del siglo XIX y permanece prácticamente intacta hasta hoy.
2. Definición
La legítima defensa es una causa de justificación que excluye la antijuridicidad de un hecho aparentemente delictivo cuando una persona repele una agresión ilegítima utilizando un medio necesario y proporcional, siempre que no haya provocado la situación.
3. Regulación legal vigente en España
El artículo 20.4 del Código Penal español establece que está exento de responsabilidad criminal quien obre en legítima defensa, suya o ajena, siempre que concurran:
- Agresión ilegítima.
- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
- Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
4. Sujetos implicados
- Sujeto activo (defensor):
Persona que realiza un acto típico (p. ej., lesionar, empujar, golpear, disparar) para repeler la agresión. - Sujeto pasivo (agresor):
Quien realiza la agresión ilegítima que pone en peligro bienes jurídicos como la vida, integridad física, libertad o propiedad. - Terceros protegidos (defensa de otros):
El defensor puede actuar en nombre propio o en defensa de terceros, incluso desconocidos, siempre bajo los mismos requisitos.
5. Elementos objetivos y subjetivos
A) Elementos objetivos
- Agresión ilegítima
- Debe existir una amenaza real, actual o inminente contra un bien jurídico propio o ajeno.
- La agresión debe ser contraria a Derecho (injusta).
- Incluye ataques físicos, amenazas de muerte creíbles, allanamiento de morada, intentos de robo con violencia, etc.
- Necesidad racional del medio empleado
- El medio elegido debe ser adecuado y suficiente para evitar o repeler la agresión.
- No exige elegir el medio “más suave”, sino uno razonable dadas las circunstancias: intensidad del ataque, sorpresa, fuerza física de los involucrados, lugar, hora, disponibilidad de medios…
- Proporcionalidad
- El resultado debe guardar cierto equilibrio entre la gravedad del ataque y la respuesta.
- No se exige igualdad matemática, sino racionalidad.
- Por ejemplo, defenderse con un arma letal ante una agresión leve puede ser excesivo… salvo situaciones extremas (p. ej. agresión grave múltiple o ataque real con arma blanca).
B) Elemento subjetivo
- Ánimo defensivo
El defensor debe actuar con la intención de protegerse o proteger a otros, no para vengarse, castigar o aprovechar la situación para causar daño.
6. La provocación suficiente
La legítima defensa desaparece si el defensor provoca voluntariamente la situación de peligro para generar una excusa de violencia.
Ejemplos típicos:
- Buscas pelea y luego alegas defensa.
- Proferir insultos graves para incitar una agresión.
- Irrumpir en una zona conflictiva buscando confrontación.
Si existe provocación insuficiente, la defensa puede mantenerse (p. ej., una discusión verbal menor no impide alegarla).
7. Teorías doctrinales principales
a) Teoría de la Autorización
Considera que el Estado autoriza al ciudadano a defenderse cuando este no puede intervenir de inmediato.
b) Teoría del Estado de Necesidad Ajenado
La defensa se justifica porque el agresor crea una situación de necesidad que obliga al defensor a reaccionar.
c) Teoría de la Protección de Bienes Jurídicos
La legítima defensa es la manifestación del derecho inherente a preservar bienes jurídicos propios o de terceros.
d) Teoría de la Defensa Social
El agresor, al vulnerar el orden jurídico, pierde su protección en ese instante, legitimando la reacción.
8. Ejemplos prácticos
Ejemplo 1: Robo con violencia
Un individuo intenta arrebatar el bolso de una mujer en una calle poco transitada. La víctima se defiende golpeando al agresor con un paraguas y consigue huir.
➡ Legítima defensa clara: agresión ilegítima + medio necesario + ausencia de provocación.
Ejemplo 2: Pelea pactada
Dos personas quedan para “pegarse” en un solar. Uno resulta gravemente lesionado y el otro alega legítima defensa.
➡ No procede: existe provocación suficiente y consentimiento mutuo.
Ejemplo 3: Defensa de terceros
Un hombre observa cómo otra persona es atacada con una navaja. Interviene empujando al agresor, que cae, se lesiona y es reducido.
➡ Legítima defensa de terceros: plenamente aplicable.
Ejemplo 4: Exceso intensivo
Una persona reacciona ante un empujón leve propinando al agresor un golpe con una botella, fracturándole el cráneo.
➡ No es legítima defensa (medios desproporcionados).
Podría valorarse exceso en la defensa, con posible atenuante.
Ejemplo 5: Allanamiento de morada nocturno
Un intruso accede a una vivienda de madrugada. El propietario lo reduce usando un objeto contundente.
➡ La jurisprudencia suele ser más flexible en el hogar (art. 20.4 CP: se presume agresión ilegítima en la defensa de morada).
Generalmente se admite la defensa, salvo abusos evidentes.
Ejemplo 6: Agresión inminente, no actual
Una persona está recibiendo amenazas con un arma que se está levantando para disparar. El defensor actúa antes del disparo.
➡ La agresión inminente también legitima la defensa.
9. Casos reales conocidos (resumidos y adaptados)
- Caso del escalador agredido: Un montañero fue atacado por un individuo armado con una piedra. Se defendió empujándolo por una pendiente, causándole lesiones graves.
➝ El tribunal entendió que la pendiente aumentó el riesgo, pero la agresión era grave y el espacio limitaba las alternativas: legítima defensa apreciada. - Caso del bar nocturno: Tras una discusión trivial, un cliente recibió un empujón y respondió con un puñetazo que dejó inconsciente al agresor.
➝ No se apreció legítima defensa: desproporción.
10. Conclusión
La legítima defensa es un mecanismo jurídico que equilibra libertad y seguridad, permitiendo repeler ataques injustos cuando la intervención estatal es imposible o tardía. Es una institución robusta, histórica, y cuidadosamente limitada para evitar abusos.
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