pueblo españa
| | |

Violencia racista y delito de odio en Torre Pacheco: la Fiscalía actúa conforme al Código Penal y la Constitución

El fiscal coordinador en delitos de odio, Miguel Ángel Aguilar, ha declarado que los “llamamientos a la cacería de inmigrantes” en Torre Pacheco constituyen “clarísimamente infracción penal”. La Fiscalía está investigando con celeridad conforme al artículo 510 del Código Penal, que tipifica la incitación al odio y la violencia por motivos raciales, étnicos o de orientación, y dispone penas de prisión de uno a cuatro años.

Las detenciones suman ya trece en total: tres vinculadas directamente a los agresores del sexagenario y diez por altercados y delitos de odio. La Guardia Civil ha desplegado más de 90 agentes, con 45 adicionales en camino, para frenar futuras agresiones y prevenir barricadas o ataques xenófobos. Ayer fue detenido en el País Vasco el principal sospechoso de la paliza a un vecino de Torre Pacheco, el pasado miércoles. Se trata de un joven de 19 años de origen marroquí. El arresto lo ha llevado a cabo la Ertzaintza en Rentería, desde ahí el joven quería ir a Francia.

El operativo también monitoriza redes sociales para rastrear mensajes instigadores, en cumplimiento de la Ley Orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana, y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, habilitando la persecución penal de los mensajes de odio vertidos en plataformas digitales .

Fundamento constitucional y legal

  • Constitución Española, art. 14: impone igualdad ante la ley y prohíbe cualquier discriminación por razón de origen o situación personal.
  • Código Penal, art. 510 CP: criminaliza la incitación al odio o violencia por motivos racistas, étnicos y religiosos, obligando a la Fiscalía a actuar.
  • Ley 19/2014, de Transparencia y Ley 2/2023 de Libertades Digitales: facilitan la intervención contra el discurso de odio en redes sociales, habilitando su supresión y sanción.

Escenario actual

Tras la agresión inicial —que todavía está en investigación— surgió un cúmulo de bulos: vídeos falsos, comunicados apócrifos y acusaciones sin prueba, que inflamaron el ambiente en redes. Agravó la situación la aparición de grupos ultras organizados que llegaron de fuera, respaldados en redes para ejecutar una “cacería”.

El Ministerio del Interior ha atribuido esta ola de violencia a “discursos de ultraderecha” promovidos por Vox, en particular por José Ángel Antelo, quien ha comparado inmigración con delincuencia.

El alcalde, Pedro Ángel Roca, ha calificado los hechos de “mal sueño” y ha rechazado tanto la violencia como las acusaciones infundadas del vídeo, aunque ha abogado por reforzar la presencia policial.

Interpretación legal:

  • La Fiscalía actúa con firmeza, usando instrumentos previstos en el Código Penal (art. 510) y la Ley de Seguridad Ciudadana.
  • El despliegue policial reforzado responde directamente a la necesidad de proteger el derecho constitucional a la igualdad (art. 14) y la integridad física (art. 15).
  • Los bulos y la propaganda incitante son objetos de investigación del delito, y su difusión puede conllevar responsabilidades civiles o penales.
  • Las declaraciones políticas que asocian inmigración y delincuencia pueden ser objeto de denuncia, si se demuestra relacionar grupos protegidos con criminalidad.

Publicaciones Similares